Reglas para compartir una vivienda de alquiler

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Aunque la fórmula más extendida entre los ciudadanos es el alquiler de una vivienda completa, en la que un único inquilino hace frente al pago de las rentas, en los últimos años, el arrendamiento de pisos compartidos ha crecido de una manera muy ambiciosa. Principalmente, existen tres modalidades para alquilar una habitación y no el inmueble entero. Te explicamos las reglas que regulan cada tipo.

Subarrendamiento

A la par que lo sucedido con el mercado inmobiliario de los alquileres, los subarrendamientos en los últimos años han ido aumentando de una manera exponencial. A pesar de ello, son muchos los que aún dudan sobre la legalidad de estos.
Si eres inquilino, debes saber que, para poder subarrendar una habitación de la vivienda en la que estás residiendo, necesitas el permiso expreso, por escrito, del arrendador y no podrás alquilar el piso completo.
Asimismo, es necesario que durante el tiempo que realquiles, estés viviendo en esa casa. Además, el coste de la mensualidad no podrá ser superior a la totalidad de la renta y el contrato no podrá tener una duración mayor que la del alquiler original.
Si en tu contrato de arrendamiento, expresamente se prohíbe está actividad, no podrás subarrendar bajo ningún concepto. Si lo haces, el propietario tendrá pleno derecho para resolver el alquiler.
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Alquiler compartido

Este mecanismo de alquiler, muy utilizado por grupos de amigos o compañeros, guarda muchas similitudes con los arrendamientos tradicionales. La forma de redactar el contrato, en el que tienen que aparecer todos los inquilinos, es la misma que si se alquilase un inmueble completo a una persona.
En este caso, es recomendable que los arrendadores especifiquéis en el contrato si cada uno tiene que hacer frente por individual o si el pago tiene que ser único de todos los habitantes.
En lo que respecta a los inquilinos, como es lógico, cada uno tiene que pagar su parte proporcional de las obligaciones (renta, suministros, etc.) y lo aconsejable es que exista una cuenta bancaria compartida donde cada uno ingrese el dinero que le corresponda.
No deja de ser un alquiler habitual, pero con varios inquilinos. Los datos personales de todos los mayores de 18 años que vayan a residir en el inmueble deben figurar en el contrato de arrendamiento. De hecho, si uno de los inquilinos deja el piso y otro sustituye su lugar, deberá modificarse el documento con un anexo legal. Si cualquiera de los inquilinos no cumple con el acuerdo de pago que establecieron entre ellos, el resto serán responsables de pagar la totalidad de la renta al propietario.
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Alquiler de habitaciones

A diferencia de las dos anteriores, que se regulan por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), este tipo de alquiler está legislado bajo lo especificado en el Código Civil.
Cuando un inquilino decide alquilar solo un espacio al dueño de la vivienda, tiene que saber que la duración que se pacte en el contrato no podrá ser prorrogada, una vez que finalice este.
Además, en el momento de la firma, el documento tiene que especificar la habitación exacta, el precio y forma de pago, la duración, los posibles servicios y si el habitante tiene derecho a subarrendar su espacio.
Junto a todo lo anterior, es necesario que sepas, que en caso de que se venda el inmueble a un tercero, el contrato puede darse por extinguido de manera automática, sin que tuviera derecho a adquisición preferente, situación que si ocurre cuando una vivienda está alquilada completamente.
Si le surgen dudas sobre cómo hacerlo, nuestra recomendación es buscar asesoramiento profesional en abogados especializados en arrendamientos.
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